Marco legal para el funcionamiento y desarrollo de las actividades del Instituto, como ser el acceso y uso de los recursos genéticos,convenios de sectores gubernamentales, académicos, productivos, de toda la sociedad y sus organizaciones en general
Créase el Instituto Misionero de Biodiversidad (IMiBio), como una entidad autárquica, de derecho público y descentralizada.
Establécese que el “Instituto Misionero de Biodiversidad” será Autoridad de Aplicación del reglamento y del marco legal aprobados en los Artículos 1° y 2° del presente decreto, quedando facultado, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 3° de la Ley XVI - N° 47 (Antes Ley 3337), a realizar convenios y acuerdos de cooperación con entidades públicas y privadas, a los efectos de cumplimentar con los objetivos de la normativa indicada precedentemente.
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